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La Cobranza es la operación comercial mediante la cual un REMITENTE, generalmente un Banco, actuando por cuenta, orden y riesgo de un cliente (el GIRADOR); por regla general; por intermedio de otro banco COBRADOR tramita el cobro de valores ante un deudor (el GIRADO) sin más compromiso, ni responsabilidad que ejecutar las instrucciones de su MANDANTE (o su cliente o girador).
La operatoria de la cobranza excluye de todo compromiso o responsabilidad legal a los bancos intervinientes en lo que se refiere al pago o a la aceptación. El compromiso y las responsabilidades del levantamiento de los documentos o la aceptación de letras y/o pagos corren exclusivamente a cargo del (deudor-importador) sin ninguna clase de responsabilidad para los bancos intervinientes que solo actúan aquí en calidad de MANDATARIOS.
Dado que no existen en nuestro país normas legales relativas a estas operaciones, las partes contratantes se avienen a las Reglas recopiladas por la CAMARA INTERNACIONAL DE COMERCIO, actualmente PRACTICAS Y USOS UNIFORMES RELATIVOS A LA COBRANZA - BROCHURE 522 vigente a partir del 01.01.1996. PARTES INTERVINIENTES
CLASES DE COBRANZA
FORMA DE PAGO
SEGURIDAD Y GARANTIA
RECAUDOS LEGALES
TIPOS DE COBRANZA COBRANZA SIMPLE Es la operación referida al cobro de valores tales como cheques, letras de cambio; en forma individual; es decir no acompañadas de documentos de embarque. COBRANZA DOCUMENTARIA Es la operación referida al cobro de documentos de embarque, entre los cuales figuran esencialmente los del transporte de la mercadería (Guía Aérea, Conocimiento terrestre Internacional, Carta de Porte, Conocimiento Marítimo; factura comercial, lista de empaque, otros), acompañados o no, según los casos, por letras de cambio; documentación toda, que debe ser entregada al GIRADO, contra pago o aceptación de pago a plazo. COBRANZA A LA VISTA Es aquella que debe ser pagada por el GIRADO-DEUDOR-IMPORTADOR al contado y de inmediato, ni bien le haya sido avisada ó notificada por el banco corresponsal. COBRANZA A PLAZO Es aquella que debe ser pagada una vez transcurrido un determinado lapso de tiempo o sea recién en una fecha de vencimiento futuro, acordado por las partes. En este tipo de cobranza se dan dos etapas:
COBRANZA A PLAZO SIN AVAL Es la que como único y exclusivo obligado solo tiene comprometido al propio aceptante. COBRANZA A PLAZO CON AVAL Es la que además de tener como primer, directo y principal obligado al aceptante, tiene otros coobligados que garantizan el cumplimiento por parte del obligado principal (aceptante), generalmente el Banco corresponsal o cobrador (el banco de la Plaza del importador). COBRANZA A PLAZO SIN PRENDA Es la que prescinde de toda prenda como garantía adicional. COBRANZA A PLAZO CON PRENDA Es la que aparte de tener como obligado al aceptante, tiene como coobligado o avalista; como garantía adicional, la constitución de una prenda sobre la respectiva mercadería (Bienes de Capital = Maquinarias). COBRANZA SIN PROTESTO Es la que no prevé que por falta de pago y/o de aceptación debe efectuarse el protesto legal del caso. COBRANZA CON PROTESTO Es la que prevé ante la falta de pago o de aceptación debe ser cumplimentada la formalidad legal del protesto (ante Escribano Público).
Hay países en los que no existe el protesto. PARTES INTERVINIENTES
TIEMPOS Y ETAPAS DE LA OPERATORIA
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